La
presente cartilla que te entregamos es el resultado de la tesis
ALa Conciliación en
la Defensoría Municipal del Niño y Adolescente
de Villa El Salvador. Análisis
y
Propuestas@ para la obtención del título de Abogado,
para la Universidad de San Martín de Porres. Tiene su base legal en
la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria
y Final de la Ley de
Conciliación, el art.
481 inc. c del Código
de los Niños y Adolescentes y el art.
301 de la Ley de Política del Estado frente a
la Violencia Familiar, modificado por la Ley
27007.
Diagramación
e Impresión:
Editores e Impresores
Luren S.A.
Pasaje Chacas
N1
70 - Breña
Telefax: 431
8333
CARTILLA DE ORIENTACION PARA EL DEFENSOR
CONCILIADOR *
Amigo
Defensor:
La presente Cartilla
está dirigida especialmente para tí, que una de tus funciones
es promover el fortalecimiento de los lazos familiares a través de
la conciliación, y como consecuencia de ello seguramente te has encontrado
en situaciones difíciles, que no has sabido que hacer; y es por tal
motivo que mi deseo es que en el momento que inicies tu audiencia tengas
a la mano este material que te entrego, porque contiene instrucciones que
podrás seguir de acuerdo a cada situación que se te presente,
depen-diendo de la materia que te encuen-tres, ya que mi objetivo es que
cumplas con eficiencia tu función conciliadora y así ser un
portador de paz para tu comunidad. Te recuerdo que estas son sólo
pautas para que te orientes, pero que sería aconsejable que siguieras
algún Taller de Conciliación que realizan instituciones
especialistas en el tema o interesarte por realizar algún trabajo
de investigación. Es apasionante. Bien, no más palabras,
(SUERTE!.
El Autor
INDICACIONES
GENERALES
Debes
tener en cuenta lo siguiente:
B La conciliación es un acto mediante el cual las partes
acuden a un tercero imparcial, para que les asista en la búsqueda
de una solución consensual a su conflicto.
B El procedimiento conciliatorio presenta las siguientes
características:
* Es consensual, por lo que
deberás procurar siempre que los acuerdos adoptados por las partes
obedezcan única y exclusivamente a su voluntad.
* Es voluntario, por lo que no
deberás ejercer ninguna presión a ninguna de las partes para
que lleguen a un acuerdo.
* Es informal y flexible, ya
que no está sujeto a ninguna formalidad, por lo que las pautas que
te doy se dejan a tu criterio para que tú, si consideras necesario,
la apliques en tus conciliaciones.
* Es confidencial, por lo que
deberás guardar reserva de todo lo que se diga y proponga en la audiencia.
Sólo cuando tengas conocimiento de la comisión de algún
delito deberás inmediatamente comunicarlo a la autoridad
pertinente.
* Es una negociación
cooperativa, es decir, deberás fomentar la negociación o
comunicación entre las partes en forma cooperativa. Para tal efecto
te recomiendo: separar el problema de las personas, centrarte en los intereses
y no en las posiciones, crear opciones de mutuo beneficio en base a criterios
objetivos y reservar tu propuesta, formularla y proponerla en caso que las
partes no hayan llegado a un acuerdo por sí mismos. Debes tratar que
este sea mutuamente satisfactorio a los intereses de ambas
partes.
Para eso recuerda que:
POSICIóN
INTERESES
Postura con que las partes se
presentan Son todas las necesidades,
sentimientos, en la
audiencia
temores, deseos, e inquietudes de las partes
y que estan detras de la
posición
B Promueve la
conciliación en tu comunidad mediante talleres y/o seminarios, en
donde se resalte sus ventajas de acudir a ella como un mecanismo confiable
y eficiente de acceso a la justicia. Resalta la función de las partes
y del conciliador dentro del proceso.
DEMUNA
DEFENSOR: RECIBE
SOLICITUD
* DEFENSOR CONCILIADOR:
RECIBE DESIGNACION
1. SOLICITUD ACOMPAÑADA DE FOTOCOPIA DE DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
2. DIRECCION: DOMICILIARIA O CENTRO DE
TRABAJO DEL
SOLICITADO
3. DETALLAR HECHOS DEL CONFLICTO
4. FIRMA Y/O HUELLA DIGITAL DEL INTERESADO
REALIZA
INVITACIONES
*
EN CASO DE QUE EXISTA SOLO UN DEFENSOR ENCARGADO DE UNA DEFENSORIA, ESTE
PUEDE CUMPLIR LA FUNCION DE DEFENSOR CONCILIADOR CON ABSOLUTA
IMPARCIALIDAD.
INSTRUCCIONES PARA RECEPCIONAR
LA SOLICITUD DE
CONCILIACION
1. Una vez presentada la solicitud de
conciliación en forma escrita o verbal asegúrate que el/los
interesado/s haya/n adjuntado fotocopia de un documento de identidad (Libreta
Electoral, Documento Nacional de Identidad, Documento Provisional de Identidad
o Certificado de D enuncia por pérdida de documentos). En caso contrario,
igual recibe la solicitud, pero exhórtalos a que lo presenten dentro
de los tres días útiles siguientes, porque de otro modo no
le darás trámite a su solicitud. Una vez subsanado el error,
recién podrás designar al defensor-conciliador. Y si tú
solo estas a cargo de una oficina de defensoría, asume con imparcialidad
tal rol.
2. Si el interesado desconoce la dirección
domiciliaria o el domicilio del centro de labores de la persona con quien
desea conciliar, tú que recibes la solicitud puedes solicitarle la
dirección de algún familiar cercano de aquel, para que lo
notifiques (usando los talonarios de notificación), para que después
de persuadirlo te pueda dar la dirección. Si éste igual desconoce
el domicilio de la persona con quien se desea conciliar comunícalo
al interesado, pero sería preferible que no tramites su solicitud.
Si obtiene la ansiada dirección de inmediato designa al
defensor-conciliador o asume con imparcialidad dicho rol.
3. Si los hechos del conflicto no están
muy precisos o detallados te recomiendo que hagas preguntas al interesado
para que busquen información de como surgió el problema. Así
te dará una visión más amplia del conflicto y podrás
proponer, si es necesario, alternativas de
solución.
4.
Si por casualidad te olvidas
de solicitarle al interesado que estampe su huella digital, admite su solicitud
y designa al defensor-conciliador o asume con imparcialidad dicho rol, ya
que podrás hacerlo cuando se presente a la audiencia de
conciliación.
5.
Cuando ambas partes te
solicitan conciliación y si te encuentras ocupado, hazlas esperar
unos breves minutos hasta que te desocupes, para enseguida hacerles llenar
la solicitud de conciliación. Si tú asumes el rol de conciliador,
cúrsales invitaciones
para que asistan a una audiencia de conciliación. Y si tú puedes
atenderlas en el momento, inicia el acto conciliatorio. Así estarás
promoviendo la conciliación como un mecanismo que ahorra tiempo y
dinero, pero no te olvides de asentarlo en la solicitud de
conciliación.
6.
Realiza visitas domiciliarias
cuando te comuniquen un hecho en forma anónima, o desconozcas los
sujetos intervinientes en el conflicto o los hechos que la originaron. Cuando
tengas los datos que te den una real visión del problema, designa
al defensor-conciliador. Si tú asumes con imparcialidad dicho rol,
invítalas a una audiencia de conciliación.
7.
Recepcionada la solicitud
y designado el defensor-conciliador o tú asumiendo el rol, es el momento
que elabores las invitaciones y les hagas llegar a las partes. No te olvides
que es el conciliador quien hace las invitaciones.
8.
Si la persona con quien se desea conciliar tiene su domicilio o su
centro de labores fuera de la jurisdicción de tu defensoría
podrás solicitar la colaboración de otro defensor para que
entregue las invitaciones.
9.
Si la persona con quien se desea conciliar domicilia cerca del domicilio
del interesado, solicita la colaboración de éste para que le
entregue la invitación; y si por su seguridad no desea podrás
solicitar el apoyo de un promotor-defensor de la zona o realizarla tú
mismo.
10.
Si
la persona con quien se desea
conciliar domicilia o tiene su centro
de labores en otro distrito,
podrás solicitar la
colaboración del interesado
mismo o la DEMUNA del lugar
para que entregue las invitaciones. Si optas por este último
solicítalo mediante un oficio con tu firma, pero
con conocimiento del Jefe de
la DEMUNA.
11.
Si la persona con quien se desea
conciliar no se le ubica a pesar de figurar su domiciliado en la solicitud
de conciliación, si es un proceso de alimentos podrás aplicar
el artículo
1021 del Código de los
Niños y Adolescentes. En los demás casos podrás solicitar
la colaboración de un diario de mayor circulación para que
lo invite mediante edictos. En este caso sería conveniente que elabores
el oficio, pero que lo firme el Jefe de la DEMUNA.
12.
Si la persona con quien se desea conciliar tiene su domicilio en el extranjero,
si es un proceso de alimentos podrás aplicar el artículo
1021 del Código de los
Niños y Adolescentes.
En los demás casos te recomiendo que gestiones la invitación
a través de Rädda Barnen, con conocimiento del Jefe de la
DEMUNA.
INSTRUCCIONES PARA DESARROLLAR
LA AUDIENCIA DE CONCILIACION
1.
El éxito en cualquier actividad que uno escoja debe ser preparado
constantemente en forma práctica y cotidiana por eso antes de iniciar
la audiencia asegúrate que el ambiente donde la vas a realizar sea
apropiado. Para tal efecto:
* Procura que tu defensoría cuente por
lo menos con dos ambientes: uno para que sea utilizado como oficina para
acoger al interesado; y el otro que sea utilizado como Sala de Audiencias.
Este deberá estar ubicado en un lugar estrictamente privado, de tal
manera que cuando concilies no te veas interrumpido por terceras
personas.
* Si posees un sólo ambiente, antes
de iniciar la audiencia asegúrate que no hayan personas cerca de la
sala de conciliación. Si hubiera personas cerca de este lugar,
pídeles por favor que se coloquen a cierta distancia, o cítalas
para otro día.
* Prepara el ambiente colocando afiches y/o
mensajes alusivos a la conciliación.
2. Llegado el momento de la audiencia
recuerda que cuando se reúnen 2 personas que no se conocían,
los primeros minutos son definitivos para ambos. Tu interlocutor sabrá
exactamente cuanta confianza o desconfianza le inspires. Por ello cuando
te presentes hazlo de una manera acogedora y respetuosa porque
Atan importante es lo que uno dice y cómo lo
dice@.
3. Al saludarlos llámalos
por sus nombres y para romper el hielo puedes hacer un breve comentario positivo
puesto que los participantes vienen cargados de emociones fuertes; luego
pasa a presentarte y señalar la
función que vas a cumplir
dentro de la Audiencia. Resalta que no vas a ser un Juez, quien va a emitir
una decisión, sino una tercera persona quien va actuar de manera imparcial
y que vas a tener el deber de facilitarles la comunicación para que
ellas mismas lleguen a un acuerdo. Enfatiza esto último, agregando
que el acuerdo a que lleguen será tomado por su propia y libre voluntad,
sin ningún tipo de coacción. De otro lado infórmales
que si es necesario tú podrás proponer alternativas de
solución. Explícales el procedimiento que seguirás:
en una primera sesión conjunta escucharás la versión
de cada una respecto al problema, después si consideras necesario
te reunirás en forma separada para descubrir sus reales intereses,
para posteriormente, en una sesión conjunta final ver las posibilidades
de llegar a un acuerdo y asentarlo en el acta.
ANTES DE
LA
AUDIENCIA
No te olvides tu
discurso:
Tu
libreta de notas:
4. Luego pasa a dar las
recomendaciones que tendrán que seguir para el éxito de la
reunión.
B Toda persona es digna de respeto y merece ser escuchada por ello
no deberán haber ataques verbales ni palabras subidas de
tono.
B Informales que el procedimiento es confidencial y los que participan
en la audiencia tienen el deber de guardar reserva de todo lo actuado; así
como ser veraces en sus afirmaciones y actuar de buena
fe.
B Las ventajas de la conciliación, respecto a un eventual
proceso judicial que se siga.
B Por último todos tendremos que mantener un ambiente abierto
al diálogo, por eso ninguna parte ejercerá presión o
amenaza sobre la otra.
Antes
de iniciar el acto conciliatorio, te sugiero que tengas una Libreta~ en donde
apuntes, a modo de esquema, lo siguiente:
Partes
Problemas
Intereses
Alternativas
Opciones
Criterios
A
B
OTROS
BORRADOR DEL
ACUERDO
5. Comienza por escuchar a la parte quien
presentó la solicitud de conciliación, y después a la
otra parte. Toma una posición de escucha~. Esta debe ser bien sentado,
poniéndole todos tus cinco sentidos a lo que te está diciendo.
Si no entiendes algún punto, pregúntale. Así se
sentirá escuchada. Del mismo modo hazlo con su
contraparte.
6.
Si alguna de las partes
asume una actitud autoritaria, beligerante o litigiosa en esos momentos,
exhórtales a deponer esa actitud. Si se reincide, podrás suspender
o dar por finalizada la audiencia.
7. Si notas el proceso de negociación
resulta improductivo por las posiciones cerradas de una o ambas partes,
sería adecuado que te reúnas por separado para conocer sus
intereses, disponiendo de igual tiempo para cada una de ellas. Debes entender
que intereses son todos sus deseos, sentimientos, necesidades, inquietudes,
temores y preocupaciones. Y para descubrirlos sólo tienes que hacer
las preguntas
)Porqué?,
)Porque no ...(tu propuesta)?,
o
)Qué
piensas lograr con esa posición?, combinando con preguntas que busquen
información sobre el conflicto y sus intereses.
SESIONES PRIVADAS
15
Minutos.
15
Minutos.
8. Si notas que una de
las partes tiene menos poder de decisión que la otra, por ser incapaz
de tomar acuerdos por si misma o no pueda manifestar su voluntad
indubitablemente, podrás suspender la audiencia y reiniciar con una
persona de su confianza que la represente.
9. Si una o ambas partes
vienen a la audiencia acompañadas de terceras personas, podrás
aceptar que participen, pero le informarás que su intervención
se centrará única y exclusivamente en presentar alternativas
de solución satisfactorias para ambas partes, que deberán guardar
reserva de todo lo actuado, así como
no le estará permitido
interrumpir o influenciar en la decisión que tomen los
participantes.
10. En una conciliación sobre
ALIMENTOS podrás
fijar como monto mínimo negociable el 50% de su jornal diario o semanal,
o de su remuneración mensual si es trabajador dependiente y si la
parte interesada anexo a la solicitud una boleta de pago. Si el trabajador
es independiente con trabajos eventuales, podrás fijar como monto
negociable el 50% del total que gana al mes. En ambos casos te recomiendo
hacer un presupuesto mensual que refleje las necesidades básicas del
niño, así como crear opciones teniendo como criterios objetivos
la edad y cantidad de hijos que tiene la madre, las cargas familiares del
padre y la situación económica de aquella. De acuerdo a esto
podrás ayudar a las partes a que fijen una pensión justa
protegiendo los intereses del niño.
11. Si el padre se presenta a la
audiencia asumiendo la posición que se encuentra desocupado, y por
lo tanto no tiene dinero para poder cumplir su obligación alimentaria,
podrás considerar las siguientes opciones: que el padre gestione por
intermedio de la DEMUNA la ayuda de algún Comité del Vaso de
Leche o Comedor Popular de la comunidad para la alimentación del
niño, el apoyo social de alguna guardería o institución
protectora para el cuidado diurno del niño, la donación de
ropa a través de la Iglesia, atención gratuita en Centros de
Salud y/o exoneración de medicinas, teniendo en cuenta siempre la
edad y situación del niño.
12. Cuando te entrevistes por separado
con el niño y/o adolescente, hazle preguntas muestren interés
por él, interésate por lo que siente en ese momento, que perciba
que tú quieres ser su amigo. Esto permitirá que se muestre
más abierto y pueda confiarte
sus sentimientos.
13. No vayas olvidarte en una
conciliación sobre
COLOCACIóN FAMILIAR
señalar en tus recomendaciones que el acuerdo que las partes
arriben será teniendo en cuenta los mejores intereses para el
niño.
14. No permitas que los padres manipulen
la opinión que tiene el niño de ser colocado en el hogar sustituto.
En tal sentido, podrás invitar a los padres a que se retiren de la
audiencia, o de lo contrario retirar al niño fuera de la presencia
de los padres y ahí solicitarle su opinión. De otro lado si
el niño no pudiera manifestar su voluntad indubitablemente, la persona
que lo ha traído a la defensoría puede representarlo, o en
todo caso solicita la presencia de un defensor, o asume tú mismo el
rol para que lo represente, haciéndolo constar en el
acta.
15. Si los padres no prestan su
consentimiento para la colocación, exhórtales a que lo hagan
manifestando que es lo mejor para el niño. Si sigue la negativa hazlo
constar en el acto y remítelo de inmediato al Juez de
Familia.
16. Si la familia que aceptó
la colocación incumple el plazo concedido, podrás exhortarles
para que desistan de su posición y continúen la colocación,
o buscar otra familia que acoja al niño, o en el último de
los casos remítelo al Juez de Familia.
17.
En la conciliación sobre
TENENCIA será
importante que tomes en cuenta la opinión del niño y/o adolescente,
pero debes cuidar que esa opinión no sea manipulada por ninguno de
los padres. Para tal efecto solicita la intervención de un psicólogo
para que los evalúe y así te puedas informar con objetividad
la verdadera opinión del niño y puedas tener un criterio objetivo
a la hora de proponer tu solución, previa suspensión de la
audiencia para reiniciarla en la brevedad posible, resaltando la importancia
de llegar a un acuerdo en bienestar del niño e informando a su vez,
las ventajas de la conciliación respecto a un eventual proceso judicial
que se siga.
18.
En la conciliación sobre
RéGIMEN DE
VISITAS se te puede presentar varias pretensiones que conciliar,
por lo que conviene que comiences por la más simple y terminar por
la más compleja.
19.
Cuando concilies casos de VIOLENCIA
FAMILIAR debes tener presente lo siguiente:
B Tiene por fin cesar los actos de violencia, siendo negociables
solo los hechos que motivaron el conflicto. En este tipo de conciliación
deberás velar por la seguridad de la víctima antes, durante
y después de la audiencia, por lo que tu deber de ser imparcial queda
suspendido.
B Cuando acojas al interesado por un caso de Violencia Familiar
evalúa la situación. Si los golpes que ha recibido
constituyen la comisión
de una falta o delito, deriva el caso a la autoridad competente. De no ser
así podrás iniciar una audiencia de
conciliación.
B Podrás valerte de un psicólogo para que
conjuntamente dirijan la audiencia de conciliación. Puede ayudarte
en descubrir las causas del conflicto y los intereses de las partes, sugerirte
opciones y proponer alternativas, o finalizada la audiencia puede iniciar
una terapia de Pareja, y persuadir a los participantes a la necesidad de
continuarla. Así promoverás la paz y armonía en las
familias.
B Entrevístate primero con la víctima,
infórmale sobre sus derechos, alcances y fines de la conciliación,
así como otras alternativas de solución al conflicto. Cuando
te refieras al fin de la conciliación, deberás aclarar que
no es una reconciliación, sino un acuerdo para cesar los actos de
violencia, puesto que se confunde mucho con aquella figura. Pregúntale,
después, si desea iniciar un diálogo con el agresor. Si su
respuesta es negativa deberás derivarlo a la autoridad competente,
pero si es positiva, recién podrás iniciar conjuntamente con
el agresor el acto conciliatorio.
B Podrás promover, cuando sea necesario, mecanismos
de protección (apercibimiento de ser denunciado, retiro del agresor
del hogar conyugal, fijar una pensión alimenticia, etc.) que salvaguarden
la seguridad de la
víctima.
B Cuida que la víctima participe libremente en la Audiencia
de Conciliación, sin coacción de ninguna clase. En caso contrario,
deberás suspender el procedimiento hasta que existan las condiciones
que garanticen la libre
decisión de la víctima.
EN CASO DE VIOLENCIA FAMILIAR
!
Recuerda:
a) Entrevístate primero con
la víctima.
b) Podrás solicitar la ayuda
de un Psicologo.
c) Cuidarás que la víctima
decida libremente.
! La conciliación es diferente de la reconciliación
en que:
Conciliación
Cesan los actos de
violencia
Reconciliación
Restablece las relaciones
familiares en forma armoniosa, mediante el arrepentimiento y el
perdón
INSTRUCCIONES PARA EJECUTAR LOS
ACUERDOS
(*)
! Revisa tu
ALibreta
de
Notas@
y pregunta a las partes si están conformes con los términos
del acuerdo a que han llegado y si hay algo que falta incluir en el
mismo.
! Procura que la redacción sea con total claridad y
precisión, utilizando en lo posible los mismos términos o
expresiones empleadas por las partes, para que se identifiquen con el acuerdo
y así lo cumplan.
! No te olvides consignar en el acta lo
siguiente:
B Nombre y apellidos, documento de identidad y domicilio de
las partes y terceras personas intervinientes en la audiencia de
conciliación.
B En los acuerdos referentes a alimentos, tenencia, régimen
de visitas, una cláusula de reconocimiento de la relación
paterno-filial. Respecto a los alimentos es importante detallar el monto
de la pensión, la periodicidad de entrega (mensual, quincenal, semanal,
diario), el obligado a prestarlo y el beneficiado, donde serán depositados
y/a quien serán entregados (fecha, día y hora), y cuando se
va a iniciar con la obligación. En relación al régimen
de visitas debes detallar los días y horario de visita, los días
de paseo en domingos (hora de recogo y hora de llegada del niño al
hogar), feriados y días de fiestas (Navidad, Fiestas Patrias, etc.
). Podrás también, insertar una cláusula de reconocimiento
de estar incumpliendo de estar incumpliendo el padre y/o la madre su
obligación alimentaria).
B La asistencia de niños y padres a evaluaciones
psicológicas en las condiciones sobre Violencia Familiar y normas
de comportamiento.
B La firma y huella digital de las partes y
terceros.
! Si después de llegar a un acuerdo, una de las partes firma
el acta; pero la otra se desiste de hacerlo, entonces, podrás exhortarle
a que cambie de actitud, o en caso contrario asentar en el acta, si los hubiera,
los acuerdos parciales y derivarlo a un Consultorio Jurídico Gratuito
o al Poder Judicial.
! Para la ejecución de los acuerdos
tienes:
B El apercibimiento. En~, o En~.
B La amonestación. Si se incumple el acta de
conciliación y te comunica la parte interesada, notifica al obligado
para que asista a la defensoría. Ahí pídele explicaciones
de su actitud con voz firme y exhórtale para que cumpla el
acuerdo.
! Para supervisar los acuerdos tienes los mecanismos de seguimiento
como visitas domiciliadas, citaciones periódicas, colaboración
de terceros e informe de profesionales.
ETICA DEL
CONCILIADOR
NO
B Tener contacto con las partes, antes, durante y después
de la audiencia.
SI
B Señalar antes de la audiencia que el acuerdo a que se llegue
será en beneficio de los intereses del niño.
NO
B Revelar información obtenida durante las
sesiones.
SI
B Asiste a cursos de capacitación en tecnicas de
conciliación.
ETICA DEL DEFENSOR -
CONCILIADOR
1. Tu obligación es asumir
siempre una actitud imparcial frente a las partes. En
consecuencia:
* Debes evitar cualquier
contacto con las partes o terceras personas para tratar los puntos del conflicto
antes, durante y después de la audencia. Durante ella sólo
está permitido las sesiones privadas, si así lo consideras
necesario.
* No te dejes influenciar
por los sentimientos de una de las partes. Esto te puede llevar a parcializarte
con ella.
* Si estas a cargo
sólo de una defensoría y asumes el rol de conciliador no asumas
la posición del interesado o de la otra parte, ni mucho menos, ya
en la audiencia, negocies sus intereses. Tu deber es facilitar la
comunicación entre las partes, creando opciones de mutuo beneficio,
para que ellas la consideren y puedan libremente llegar a un
acuerdo.
* Antes de iniciar
la audiencia explícale a las partes que en el acuerdo que ellos tomen
deberán considerar el interés superior del niño o los
mejores intereses para él, que ellas entiendan que los niños
son conscientes de cualquier decisión que alcancen. Si tú crees
que el acuerdo a que se ha llegado no protege los mejores intereses de los
niños, tu deber es informarles de esto, pero fundamentando tu
posición.
2. Tú deber de
confidencialidad implica:
* No deberás
revelar la información que recibas de las partes en las sesiones conjuntas
y/o privadas fuera del proceso de negociación.
* La información
que recibas en las reuniones por separado
no deberá ser revelada
en las sesiones conjuntas sin el consentimiento previo de la parte
entrevistada.
* Esta impedido de
presentarse como testigo en cualquier procedimiento judicial que se siga,
al menos que tengas el consentimiento de ambas partes.
3. Asiste constantemente
a Cursos de Capacitación
en técnicas de conciliación y resolución de conflictos
de tal modo que te sentirás mejor preparado para cumplir con eficiencia
tu labor.
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Defensorías del Niño y Adolescente en el Perú, Mayo
de 1996.
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ACamara - Boletin de
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